Resumen: En el delito de apropiación indebida, el acto dispositivo supone una actuación puramente fáctica, de hecho, que desborda los límites jurídicos del título que se concede. El autor incorpora a su propio patrimonio de modo definitivo el dinero que administra o se lo entrega definitivamente a un tercero, superando lo que en terminología de algunas STS se denomina el "punto sin retorno" concurriendo el "animus rem sibi habendi", ánimo que acompaña a quien actúa como dueño absoluto de un determinado bien aunque no tenga derecho a serlo o aunque su finalidad sea la de beneficiar a un tercero. En la conducta del autor que administra o gestiona el patrimonio de un tercero, el delito de apropiación indebida consiste en abusar de su cargo para hacer suyo con vocación definitiva lo que pertenece al titular del patrimonio que gestiona, y estaremos bajo la modalidad de distracción cuando se trata de dinero u otros bienes de fungibilidad similar. La falsificación de las actas del Consejo Territorial de esas cinco sesiones que hemos relacionado, haciendo una especie de duplicado modificado de las que realmente se extendieron y unieron al libro de actas en su momento, se realizó por el procedimiento de insertar, en el documento informático con el que se confeccionaron las auténticas, ciertas declaraciones, informaciones y propuestas del Presidente que no se hicieron, y acuerdos de los miembros de este órgano que no se adoptaron.